A- de 2025
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante --·Demandado Castillo Castillo Diego Alejandro Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 005 Penal del Circuito Especializado de Antioquia, y la Justicia Penal Militar, causado por una investigación penal adelantada en contra de unos agentes del Ejército Nacional, por la presunta comisión de los delitos de homicidio en persona protegida, tortura en persona protegida, privación ilegal de la libertad y violación de habitación ajena por parte de un servidor público.
Al analizar los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso no se configura un conflicto de tal naturaleza, por cuanto no se cumple con el presupuesto subjetivo.
Ello, debido a que no hay dos autoridades judiciales que reclamen simultáneamente la competencia para conocer el asunto.
Se observa que la única autoridad jurisdiccional que actualmente reclama la competencia es el Juzgado 005 Penal del Circuito Especializado de Antioquia.
No hay prueba o pronunciamiento por parte de cualquier otra autoridad jurisdiccional que, de forma concurrente, reclame la competencia en este caso.
Por el contrario, tal como se señaló en la audiencia de acusación, el 29 de mayo/23 el Juzgado 97 de Instrucción Penal Militar rechazó su competencia y consideró que el asunto debía tramitarse ante la jurisdicción ordinaria penal, bajo los mismos argumentos que posteriormente planteó el Juzgado 005 Penal del Circuito Especializado de Antioquia para reafirmar su competencia.
La Sala resuelve declararse inhibida para pronunciarse sobre el asunto y remite el expediente a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver el conflicto aparente de jurisdicciones entre el Juzgado 005 Penal del Circuito Especializado de Antioquia y la justicia penal militar, ante el incumplimiento del presupuesto subjetivo requerido para su configuración.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6977 a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia para que resuelva de fondo la impugnación de la competencia, según las consideraciones de esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.